A- de 1994
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Cardona Wilches Norman Rene
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad procesal en el presente asunto a partir de la providencia proferida por el Juzgado competente, por considerar se configuró la nulidad procesal denominada carencia de competencia por parte del juez.
La Corte consideró que en este caso se prescindió de la notificación a la entidad demandada al momento de iniciar la acción de tutela, omisión que vulnera el derecho constitucional fundamental al debido proceso, el cual debe ser garantizado en todas las actuaciones durante el trámite de la tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. DECLARAR LA NULIDAD PROCESAL en el presente asunto a partir de la providencia calendada 1 de junio de 1994, proferida por el Juzgado Penal Municipal de Caicedonia, Valle, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. DEVOLVER el presente expediente al Juzgado Penal Municipal de Caicedonia, Valle, para que proceda de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.